Bases y condiciones sorteo

7/05/2024/05 15:50:42

BASES Y CONDICIONES del CONCURSO.-

 

1)- El presente concurso es  organizado por Favacard S.A., en adelante denominado el Organizador, se desarrollará en la ciudad de Olavarría (C.P. 7400), valido los días 06 y 07 de Noviembre de 2021. El mismo se realizará en el marco del festival de la cerveza artesanal de la ciudad de Olavarría 2021.

 

2)- Los participantes del concurso deberán ser personas físicas capaces, mayores de 21 años y con domicilio en el territorio nacional. Podrán participar sin obligación de compra,  todos aquellos que completen los 4 datos requeridos en el enlace del código QR del sorteo, en los plazos  establecidos en las presentes bases y condiciones. 

Asimismo podrán participar todos los individuos, incluso siendo usuarios de Favacard -aun aquellos con cuentas inhabilitadas- siendo condiciones para retirar los premios, estar al día con la deuda existente al momento del retiro.

 

3)- Los participantes deberán completar 4 datos personales en el enlace del código QR (nombre, apellido, tipo y nº de documento y teléfono.) para luego participar del sorteo del concurso, el cual se realizará el día 8 de Noviembre de 2021, en horario de las 10hs en la plataforma Online Sortea2. 

 

4)- Estas bases estarán disponibles en FAVACARD S.A., sucursal Olavarría, en calle San Martín N.º 2648, de la ciudad de Olavarría (C.P. 7400) .

 

5)-La participación en el concurso no implica obligación directa ni indirecta de compra o contratación de servicio alguno; participan del sorteo todas aquellas personas, sean o no usuarios de FAVACARD S.A., que completen debidamente el formulario escaneando el QR (Nombre y Apellido, Tipo y Nro. de Documento y teléfono), lo cual es absolutamente libre y gratuito. 

 

6)  El sorteo comenzara seleccionando al azar un ganador, y suplentes, a través de la plataforma online www.sortea2 .

 

7)- En caso que el cupón resultante ganador del sorteo se impugne por alguna de las causales previstas en las presentes bases y condiciones, el mismo se reemplazara automáticamente por su correspondiente cupón “suplente”. Los participantes de un cupón reemplazado por alguna de las causales de impugnación , no tendrán derecho a recibir premios.

 

8) La lista de ganadores será publicada por el término de 30 días en la sede de Favacard Sucursal Olavarría, en calle San Martín N.º 2648, de la ciudad de Olavarría (C.P. 7400)  . Sin perjuicio de dicha publicación, en caso de no estar presentes el día del sorteo los ganadores serán notificados por Favacard en  forma fehaciente dentro del plazo de cinco días posteriores al sorteo. Los mismos podrán  a partir de la fecha de dicha notificación  y  por el lapso de los siguientes 30 días(inclusive) reclamar el acceso a los premios correspondientes. A tal fin el ganador del premio deberá presentarse en la sede de Favacard Sucursal Olavarría, en calle San Martín N.º 2648, de la ciudad de Olavarría (C.P. 7400), lunes a viernes, desde las 8 hs y hasta las 15 hs , munido de su documento de identidad o instrumento que permita acreditar fehacientemente su identidad y firmar un comprobante que acredite su entrega y recepción conforme.

Toda presentación o reclamo efectuado por el potencial ganador en lugar distinto, fuera del horario o fechas indicadas, resultara extemporánea y hará perder en forma automática, el derecho al reclamo del premio correspondiente. Los gastos de cualquier naturaleza, que el poder ganador tuviera que efectuar para la aceptación y la recepción del premio correspondiente serán a su exclusivo cargo.

 

9)-Los premios del concurso son los siguientes:

1ºpremio : 1 (un) TV Philips led 32” PHD6825 código APHLLED401 – Único premio - 

 

10) Las imágenes de los premios incluidas en afiches, mailing y/o cualquier otro material vinculado a este concurso, son razonablemente similares a los premios a entregar. No se aceptara ningún reclamo, de ninguna naturaleza, fundado en supuestas diferencias entre dichas imágenes y los premios.

 

11) Los ganadores no podrán exigir el cambio del premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto de los indicados como premio, de modo que los premios no serán negociables ni transferibles. En el caso de existir premios vacantes, o premios adjudicados y no retirados por los ganadores serán donados en su equivalente en dinero en efectivo al Hogar de niñas San José de la ciudad de Olavarría.

 

12)- Una vez entregados los premios, Favacard S.A. quedan liberados de toda responsabilidad respecto de los mismos.

 

13)- Favacard S.A. no se responsabiliza por ningún daño material o perdida (directa o indirecta y/o consecuente) ocasionado a los ganadores y /o a sus acompañantes y /o terceras persona, debido a o en relación con la utilización de los premios. Favacard S.A. no se responsabiliza por hurto y/o daño de los que pudieran ser objeto el ganador  y/o terceros. El ganador será responsable exclusivo por la utilización del premio y sus consecuencias. Serán por cuenta de los participantes ganadores todos los gastos con relación a los premios adjudicados, así como también aquellos que fueran necesarios para retirar los premios y/o cualquier otro gasto que resulte de su participación en el concurso.

 

14)- Favacard S.A. en ningún caso, será responsable por los casos fortuitos, fuerza mayor, errores  humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo del concurso.

 

15)- La participación  en este sorteo implica la autorización expresa a Favacard por parte de los ganadores para difundir sus datos personales, imágenes y voces, con fines publicitarios  en los medios y formas que Favacard disponga, sin derecho a compensación alguna, hasta transcurridos 5 días de realizado el sorteo. Se considerara que los participantes han prestado su consentimiento al respecto al completar con sus datos personales el cupón respectivo al participar del concurso.

 

16)- El organizador a su solo criterio puede modificar la duración del concurso, los premios a entregar por otro de similares características y valores, o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente la presentes bases y condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El organizador será el único  que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no previstas en estas bases y condiciones y las resoluciones que adopte serán definitivas e inapelables.

 

17)- Todo impuesto actual o futuro, que deba tributarse sobre o en relación con el premio y los gastos en que incurra su ganador cuando concurra a reclamarlo o a hacerlo efectivo será a exclusivo cargo del ganador.

 

18)- No podrán participar en este concurso, ni hacerse acreedores de premios, el personal de Grupo Fava S.A. y/o familiares directos de los mismos, como tampoco podrán participar por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive. Si alguno de los ganadores quedara comprendido en esta excepción, no tendrá derecho a reclamar premio alguno, aplicándose el mecanismo previsto en la cláusula 6 . La mera participación en el concurso implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente puede adoptar el organizador de acuerdo a lo previsto en la clausula16.

 

19)-La probabilidad por parte de los participantes del sorteo de ganar un premio del concurso depende de la cantidad total de cupones ingresados.  Durante el periodo que dure la promoción. Por lo tanto, en el supuesto que se reciban un total de 1000 cupones, y que el participante haya  ingresado 1 solo cupón en el mismo mes, la posibilidad seria de 0,001.

 

20)- Toda relación en virtud del concurso se genera entre el participante y el organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina. Asimismo, resultaran competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el organizador y el participante, los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Mar Del Plata, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.